Ley de fertilización: ¿Cómo se aplica?

El Doctor Andrés Juárez Villanueva, especialista en medicina reproductiva de Sublimis, explica qué alcances y dudas hay sobre la normativa que fue reglamentada hace unas semanas



Sobre la nueva ley de fertilización asistida consultamos con el doctor Juárez Villanueva quien indicó que la ley era absolutamente necesaria ya que muchas parejas que veían frustrado su deseo de ser padres por algún problema no podían acceder a los tratamientos requeridos, en muchos casos debido al costo de los mismos. El médico, además, aseguró que esta ley es innovadora en cuanto a que no existe en el mundo una norma tan inclusiva.



Para el médico, quién además desarrolla su tarea en Nascentis Medicina Reproductiva, uno de los ítems más cuestionados de la reglamentación de la ley, que se aprobó hace unas semanas, es la falta de límites en la edad: "Estos límites están en la mayoría de las legislaciones vigentes y tienen que ver con razones tanto fisiológicas como éticas. Fisiológicas porque el límite que se pone normalmente para hacer un tratamiento son los 40 años, ya que luego de esa edad el éxito de los tratamientos cae drásticamente llegando a un éxito de cero luego de los 46 años, por lo que no tendría sentido la cobertura para este tipo de casos y no se estarían dando soluciones reales a la población, ya que además se encarece el sistema de salud". 



"Pero este ítem es refutable con esta ley ya que la misma contempla la ovodonación, cuyos resultados son altamente satisfactorios (50% aproximadamente). Esto significa que una mujer de 46 años tiene altas posibilidades de ser madre con este tratamiento. Sin embargo, en nuestro país, la entidad que nuclea y acredita a todos los centros de medicina reproductiva, sugiere como límite para esta práctica los 50 años, dado que después de esta edad hay grandes posibilidades de complicaciones del embarazo tanto para la mamá como para el bebé", destacó el especialista.



También consultamos con el doctor sobre si esta cantidad de tratamientos establecida por la reglamentación era acorde la lo necesario, es decir a cubrir hasta cuatro tratamientos de baja complejidad (inseminación intrauterina) al año, y hasta tres en total de alta complejidad (fertilización in vitro) con un mínimo de 6 meses entre tratamiento y tratamiento.



"Ese es el número que normalmente se usa en el mundo como límite, ya que después de tres tratamientos fallidos la posibilidad de lograr éxito en un cuarto son muy pocas. A veces suena muy feo hablar con tanta frialdad sobre porcentajes o posibilidad de embarazo, cuando lo que se busca es algo tan noble y maravilloso como tener un hijo, pero lamentablemente es la única forma con que se cuenta para recomendar o no un tratamiento" aseguró el doctor.



Sobre si esta ley aumentará la demanda de tratamientos, Juárez Villanueva aclaró que la demanda de parejas con deseo de ser padres se va a incrementar, pero lo que más va a aumentar es el número de procedimientos que se van a hacer debido a la cobertura del mismo.



"Un tema no menor es que ésta es una ley de cobertura pero no se acompaña, todavía, con la reforma del Código Civil. Esto trae como consecuencia una zona de grises en los que los centros de reproducción acreditados deberán moverse con mucha cautela hasta que quede completamente claro los alcances fácticos de la misma. Igualmente la ley prevee, normativas complementarias para los imprevistos que vayan surgiendo".



Hay que recordar que los tratamientos que la ley prevé son de baja complejidad: inseminación intrauterina con semen homólogo o heterólogo (semen de banco) y de alta complejidad: fertilización in vitro convencional, ICSI (con y sin donación de gametas).



En lo posible se solicita citar fuente o datos de contacto:



Fuente: www.Sublimis.com



Datos de contacto del Dr. Andrés Juárez Villanueva:



Website: www.Sublimis.com
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Periodista: Jesus Janco

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