En
el día de la fecha el Fiscal de Investigación Penal Nº 7 Dr. Darío Eduardo Osinaga Gallacher promovió acción penal:
1)
Por la supuesta autoría del delito de HOMICIDIO
DOBLEMENTE CALIFICADO, Art. 80 inciso 2 y 6 del Código Penal de la Nación , en contra de LINA
MARCELA SILVA BALANTA y ANDRÉS FELIPE CAICEDO
2)
Por la supuesta autoría del delito de HOMICIDIO
DOBLEMENTE CALIFICADO Y ROBO CALIFICADO CON EL USO DE ARMA EN CONCURSO REAL, Art. 80 incisos 2 y 6 y Art. 166 inciso 2 en
relación al Art. 55 del Código Penal de la Nación en contra de JHONNY ARAGON CANDELO, GLADIS
KATHERINE BALANTA ANCHICO Y CARLOS CORREA
3)
Por la supuesta autoría del delito de PARTÍCIPES DEL
DELITO DE ROBO CALIFICADO CON EL USO DE ARMA, Art. 166 inciso 2 en función del Art.
45 del Código Penal de la Nación
en contra de LINA MARCELA SILVA BALANTA, ANDRES FELIPE CAICEDO y UNA PERSONA DE SEXO FEMENINO A ESTABLECER.-