En el mediodía de hoy, 11 de marzo, el Tribunal en lo Criminal Nº 1
condenó a dieciséis años de prisión a Julio Gustavo Bravo, ex integrante de la Policía Federal
Argentina, como autor penalmente
responsable del delito de “Homicidio
calificado por alevosía y por la condición de la víctima en grado de tentativa,
abuso de arma de fuego y resistencia a la autoridad en concurso real”.
Los jueces, María Alejandra Tolaba – presidente
de trámite -, Mario Ramón Puig y Ana Carolina Pérez Rojas, resolvieron, además,
absolver a Bravo del delito de “Lesiones calificadas por la condición de
funcionario público del autor” .
Asimismo, ordenaron, que firme y consentida que
estuviere la sentencia, se devuelva al Jefe de la Policía Federal Argentina, el
arma de fuego secuestrada en la causa, una pistola automática Browning calibre 9 milímetros .
Los hechos.
De acuerdo a la acusación fiscal,
el 7 de julio de 2017, aproximadamente entre las 6.30 y las 6.50 horas, el
acusado, en ese momento miembro de la Policía Federal Argentina, era
trasladado en el asiento trasero de un móvil de la policía provincial junto a Alejandro
Ariel Mora, también integrante de la fuerza de seguridad federal, y Ramón
Ignacio Nicolás Soto Calisaya, desde la Seccional N º 62 hacia el edifico de la Central de Policía para
cumplir medidas procesales, debido a que con anterioridad habían protagonizado
un accidente de tránsito en un control vehicular.
Cuando el móvil detuvo su
marcha al llegar a un semáforo en el barrio Sargento Cabral de esta ciudad
capital de la provincia, Julio Bravo sacó su arma de servicio provista por la Policía Federal Argentina,
y efectuó disparos desde atrás en dirección al conductor del vehículo, agente Sergio
Moisés Lima Giménez.
El proyectil impactó en la zona
del cuello de la víctima, provocándole daños en la zona arterial, y
maxilar, y poniendo potencialmente su vida
en peligro. Además, el proyectil se fragmento, impactando en el rostro a Ramón
Soto Calisaya, ocasionándole una herida cortante.
Seguidamente, el acusado
encañonó con su arma de fuego a Soto Calisaya, mientras que Alejandro
Mora, quien se encontraba sentado en el medio de los dos, alcanzó a tomarlo del
brazo para impedir que siga disparando, comenzando así un forcejeo entre ambos
que prosiguió afuera del vehículo.
En ese momento el sargento de
la policía de la provincia, Mario Salas, que circulaba ocasionalmente en el
lugar en un móvil del Cuerpo de Radio Patrulla, intervino debido a que en el
forcejeo Bravo continúo efectuando disparos de los cuales uno impactó en un
vehículo que estaba detrás del móvil policial, esperando reanudar su marcha.
El acusado prosiguió
forcejeando con el personal policial que intentaba contenerlo, siendo luego
reducido y esposado; mientras que la víctima, Lima Giménez, fue trasladado por
el SAME al Hospital “Pablo Soria”.
En
los alegatos del juicio oral y público, el Fiscal del Ministerio Público de la Acusación , Dr. Sergio
Marcelo Cuellar, solicitó la pena de 22 años de prisión para el Bravo, petición
a la que adhirieron los querellantes adhesivos,
doctores
Guillermo Vázquez y Luís Navarro.
El
abogado defensor del enjuiciado fue el Dr. Carlos Salas; en tanto, la Secretaría del Tribunal
estuvo a cargo de la Dra.
Carina Plankensteiner.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer
dentro de los plazos establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia ; fecha a partir
de la cual, las partes podrían solicitar su revisión ante una instancia
superior.
Departamento
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