MEDIDAS DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

A través de la Secretaría de Seguridad Vial dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia y en el marco de la emergencia sanitaria y de la situación epidemiológica actual del país, la Agencia Nacional de Seguridad Vial comunica las acciones y políticas excepcionales dispuestas para el adecuado cumplimiento de las recomendaciones dispuestas por el Gobierno Nacional.

Mar 16, 2020  Se suspende, de manera preventiva, el dictado de los cursos de verificación de competencias y formación continua, como así también la realización de los exámenes psicofísicos exigidos por la Disposición ANSV N° DI-2019-48-APN-ANSV#MTR, para el otorgamiento y renovación de la Licencia Nacional de Conducir Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), hasta el 01 de abril de 2020.
  • Se prorroga  por el término de 60 (sesenta) días corridos la vigencia de los cursos y exámenes psicofísicos exigidos para el otorgamiento y renovación de la LiNTI, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 1 de abril de 2020.
  • Se suspende, de manera preventiva, el dictado de los cursos de capacitación presencial a instructores y evaluadores teóricos y prácticos matriculados de los Centros Emisores de Licencia Nacional de Conducir, hasta el 1 de abril de 2020.
  • Se prorroga, por el término de 60 (sesenta) días corridos las matriculas de instructores y evaluadores teóricos y prácticos de los Centros Emisores de Licencia Nacional de Conducir, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 1 de abril de 2020.
  • Se insta a las Jurisdicciones que otorgan Licencia Nacional de Conducir mediante Centros Emisores de Licencias (CELs) certificados y homologados por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, a suspender la atención al público y el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir (LNC), hasta el 1 de abril de 2020.
  • Se insta a los Centros Emisores de Licencia Nacional de Conducir (CELs) certificados y homologados por la ANSV, a prorrogar por el término de 60 (sesenta) días corridos, los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 al 1 de abril de 2020.
  • La Agencia Nacional de Seguridad Vial podrá prorrogar o abreviar los plazos dispuestos, en atención a la evolución de la situación epidemiológica.
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Periodista: huellas de jujuy

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