El Poder Judicial continua su
actividad laboral aplicando el Protocolo de Bioseguridad aprobado por el Comité
Operativo de Emergencia (COE), según lo
dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, mediante Acordada N°27/2020.
Las condiciones establecidas por la autoridad sanitaria
provincial, de ineludible aplicación para el funcionamiento de la justicia, se
cumplen con la colaboración del personal judicial, abogados y justiciables.
Esos requerimientos, implicaron la puesta en marcha de
una modalidad de trabajo diferente a la habitual, como también medidas de protección
de la población de usuarios y trabajadores del Poder Judicial, obras de
infraestructura edilicia y utilización de herramientas de tecnología
informática.
La incidencia de estas medidas es evaluada,
diariamente, por el Superior Tribunal de Justicia, con la finalidad de corregir
y ajustar las acciones tendientes a brindar una atención fluida y con la menor
demora posible.
En este último punto, se presentaron algunos inconvenientes
debido a la exigencia sanitaria de limitar, a un número reducido de personas, la
permanencia en espacios cerrados.
Ante esta circunstancia, con el fin del mejor
aprovechamiento del espacio físico disponible para la atención del público, el
Superior Tribunal de Justicia decidió trasladar los Juzgados de Menores N° 3 y
de Violencia de Género N° 2, desde su sede actual en calle Coronel Puch N° 625 al
edificio sito en Independencia esquina Argañaraz.
Además, analiza la factibilidad de trasladar parte de
las dependencias del Tribunal de Familia, ubicado en calle General Paz N°
625/31, con la finalidad principal de abreviar la espera para acceder a la mesa
de entradas de ese Fuero.
Consultas por Internet
En orden a la necesidad de reducir la circulación de
personas en los edificios judiciales, se recuerda a los abogados y procuradores
que pueden realizar consultas sobre trámites de las causas, en los
correspondientes sitios de internet del Poder Judicial.
Pago electrónico
El sistema de pago de los fondos depositados en cuentas
bancarias judiciales, mediante transferencia electrónica a las cuentas de los beneficiarios,
comenzó a utilizarse el pasado 27 de abril en reemplazo de las órdenes
confeccionadas manualmente.
En la actual emergencia sanitaria, la aplicación
implica una solución para letrados y justiciables, ante la prohibición del
cobro por ventanilla en las entidades bancarias ordenada por el Banco Central
de la República Argentina.
Al respecto, la Resolución N º 19 de
Presidencia del Superior Tribunal de Justicia ratificó la obligatoriedad del
uso del sistema de “Orden de Pago
Judicial Electrónica”.
Además, dispuso que las órdenes de
pago emitidas con anterioridad al 27 de abril de 2020 sean liquidadas mediante
depósito en las Terminales de Autoservicio (TAS) del Banco Macro.
El procedimiento para realizar esa
operación bancaria se encuentra detallado en la citada Resolución, la que se
puede consultar en la página del Poder Judicial www.justiciajujuy.gov.ar
Departamento de
Prensa y Relaciones Públicas
Poder Judicial de Jujuy