Amparo en la justicia electoral porque no lo dejan ser candidato en las internas del PJ

El pasado 30 de julio, el FUP (Frente de Unidad Peronista) presentó en el Partido Justicialista la lista de candidatos a diputados provinciales para las próximas elecciones internas partidarias a realizarse el 01 de septiembre del presente año.-

Encabezando la nóminase encuentra Miguel Morales, pero en el día de ayer la Junta Electoral del P.J. observó  la candidatura del actual diputado provincial, argumentando que con motivo de la Resolución N° 26/13 de la Mesa Ejecutiva del Consejo Provincial del P.J., que establece “preventivamente” la suspensión provisoria de la afiliación de Miguel Morales, por ello consideran que  no es posible que forme parte de la lista de candidatos por el FUP para los comicios internos.-

Ante ello el Diputado Morales quien es afiliado al P.J. desde el año 1983, se presentó a la Justicia Electoral para interponer una medida cautelar y una acción de amparo por considerar que están vulnerados sus derechos civiles consagrados en la Constitución Nacional y Tratados Internacionales de Derechos Humanos, por la aplicación de la Resolución Nº 26/13 de la Mesa Ejecutiva del P.J.-

Cabe mencionar que la citada Resolución adolece de importantes e insalvables irregularidades que la tornan nula, por numerosos motivos tal por ejemplo que  la mismafue resuelta sin posibilitar el ejercicio del derecho de defensa del afiliado.- 

 También puede observarse que lo resuelto por la Mesa Ejecutiva del P. J., es un órgano incompetente para aplicar sanciones disciplinarias a los afiliados.La carta Orgánica del Partido Justicialista prevé que el Tribunal de Disciplina y el Congreso Provincial, son los Órganos encargados de aplicar sanciones a los afiliados al P.J.-

 Por su parte la figura “preventiva” prevista en el artículo 1° de la Resolución no se encuentra tipificada en ningún artículo de la Carta Orgánica.-

 Asimismo la sanción emanada de la Mesa Ejecutiva del Consejo Provincial no establece el plazo de la misma, no respetando los principios de razonabilidad y temporalidad.-

 Por último los fundamentos legales de la Resolución carecen de sustento y razonabilidad.-

 En las próximas horas la Justicia en materia electoral resolverá el planteo efectuado por el Diputado Miguel Morales.-