Nueva apelación del FUP

Ante el nuevo intento de proscripción de la participación de los afiliados del P.J. integrantes del FUP, presentaron en el día de la fecha ante la Justicia Electoral una nueva apelación a la Cámara Electoral, contra la Resolución del Juez Cardozo que declara inadmisible la Acción de Amparo y la Medida Cautelar Innovativa, cuyo objeto era que la Justicia autorice la participación de los candidatos del FUP en los comicios internos partidarios.-

La apelación tiene como fundamentos excluyentes la violación de derechos elementales de raigambre constitucional de participación  política y de ser elegido, reconocidos y garantizados por Tratados Internacionales de Jerarquía Constitucional. 

También se destaca en la apelación formulada la errónea interpretación que realiza el Dr. Cardozo del art. 98 de la Carta Orgánica del Partido Justicialista, la inaplicabilidad al caso de autos de los arts. 37 C.N. y Art. 25 del  Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y del art. 61 del Código Electoral Nacional, que se refiere al corrimiento de los integrantes de la lista de candidatos en caso de que uno de ellos sea impugnado.

Extrañamente el Dr. Cardozo rechazó la recusación solicitada juntamente con la acción de amparo, a pesar del vinculo directo (padre e hijo) que existe con el candidato a Diputado Nacional por el Frente para la Victoria Juan Cardozo y además porque el magistrado ya había prejuzgado en la acción del amparo presentada por Miguel Morales días atrás.

Recordemos que como respuesta a la concesión del Recurso de Apelación, la Junta Electoral del P.J., resolvió de manera arbitraria, ilegal y malintencionada “descartar la lista completa de candidatos del FUP, para la categoría a diputados provinciales en las próximas elecciones internas partidarias”, invocando una interpretación del art. 98 de la carta orgánica de forma antojadiza, y contraria a los principios elementales como el de participación, agraviando de esta forma no solo a Morales, sino a los 34 afiliados integrantes de la lista, coartando principios elementales del derecho constitucional entre ellos el derecho  de elegir y ser elegido y la participación democrática de todo el sector político que integran el Frente de Unidad Peronista (FUP); cuando conforme a derecho y aun en el peor de los casos, debió la junta electoral haber procedido al corrimiento de los lugares que ocupan los candidatos dentro de la misma lista para no proscribir al resto, de lo cual no se registra ningún antecedente político ni jurisprudencial en la Pcia. de Jujuy, lo que constituye un gravísimo y lamentable hecho en la historia democrática no solo del Partido Justicialista sino en toda la provincia.

Cabe agregar también que, contradictoriamente a lo peticionado por el FUP, el P.J. dictó otra disposición brindando una amnistía general a varias personas que fueron candidatos en otros partidos políticos sin la necesaria intervención del Congreso Provincial del P.J., violentando la Carta Orgánica partidaria .-

Por último en un plenario de dirigentes del Fup llevado a cabo el día de ayer, se resolvió seguir participando en las próximas elecciones, por este motivo esta corriente política está desplegando su mensaje por toda la provincia de cara a la contienda electoral que se avecina, independientemente de las decisiones arbitrarias de la Junta Electoral del P.J. y del Juez Cardozo.-

Compartir en Google Plus

Periodista: Jesus Janco

Trabajamos por una sociedad mas informada y comunicada con un profundo compromiso con la realidad informativa de la provincia de Jujuy, el país y el mundo.