CAUSA AREDEZ:
“FISCAL
FEDERAL N° 1 SOLICITA ACUMULACION (AREDEZ, LUIS RAMON Y OTROS) – ACTUACIONES DE
TRAMITE POR ANTE ESTA CAMARA”, Expte Nº 047/12
En fecha 23
de Agosto de 2013 la Cámara Federal de Apelaciones de Salta resolvió confirmar
el procesamiento de Carlos Pedro Tadeo Blaquier y Alberto Enrique Lemos, por el
delito de privación ilegitima de la libertad agravada en tres hechos en
concurso real cometidos en perjuicio de Luis Ramón Aredez (primera detención),
Omar Claudio Gainza y Carlos Alberto Melián en calidad de cómplices primario y
secundario (respectivamente); (arts. 142 inc. 1°, 144 bis inc. 1°, 45, 46 y 55
del Código Penal). Asimismo confirmó la resolución del juez instructor en
cuanto fijó embargos por un millón de pesos a Blaquier y quinientos mil pesos a
Lemos.-
En el fallo
se reconoció la colaboración de los imputados para llevar adelante las
detenciones, así expresamente sostuvo la Cámara “…las fuerzas de seguridad
operaron aquella madrugada y días posteriores, contaron con la autorización
dada, prima facie, para el uso de vehículos de la empresa y que tal
asentimiento fue prestado por el Presidente del Directorio (Blaquier) y
ejecutada por su Administrador General (Lemos), ya que tratándose de una
empresa de la envergadura y grado de organización que poseía Ledesma, era
imposible disponer de sus vehículos y apoyo logístico, sin instrucciones o
aquiescencia del Presidente del Directorio… En suma, dado por sentado (con el
grado de probabilidad exigido para esta etapa procesal) que existió tal
colaboración consentida de parte de la empresa, nada desmiente la imputación
que se formula en cuanto que los vehículos fueron entregados voluntariamente y
más aún, al no existir registros de dicha circunstancia y al haberse efectuado
los operativos en horas de la madrugada del día en que se produjo el golpe de
Estado cabe deducir que había conocimiento de la ilegalidad del operativo”
(sic).-
Asimismo, el
fallo confirma el aporte de la Empresa Ledesma no sólo la noche en que se
verificaron las detenciones ilegales el 24 de marzo de 1976 y la privación de
la libertad en días subsiguientes (como en el caso de Melián), sino que tal
colaboración se prestaba desde la creación de la unidad de Gendarmería con
asiento en Ledesma.-
Igualmente la
Cámara tuvo acreditada la actividad política y sindical de las víctimas, y en
particular la de Luis Ramón Aredez, quien entre otras cosas cuando fue
intendente de la localidad y obligo a la
Empresa Ledesma a pagar impuestos al municipio, lo que hasta el momento se
encontraba eximida.
La Cámara
sostuvo que la actividad política de las victimas generó enfrentamientos con la
empresa, los que quedaron acreditados por publicaciones de la época.