El Tribunal en lo
Criminal Nº 2, en la mañana de hoy, absolvió, por unanimidad, a Rodolfo Gustavo
Páez del delito de usurpación, por no constituir delito el hecho imputado.
Además, los jueces Antonio LLermanos – presidente de trámite-, Luís
Ernesto Kamada y Claudia Cecilia Sadir, declararon la nulidad del alegato del
querellante adhesivo por falta de adhesión al requerimiento de elevación de la
causa a juicio.
Los hechos sucedieron en el
transcurso de la primera quincena de septiembre de 2011, en un día no
especificado, cuando el acusado, Páez, habría ingresado sin autorización al
inmueble situado e individualizado como Parcela 2-A, Padrón F-34,
Circunscripción 1, Sección 5, Matrícula F-786, ubicado en Finca Iscallantal o
Vinalito, en el Departamento Santa Bárbara, de propiedad de Finca La Jujeña Sociedad
Anónima Industrial, Fiscal y Ganadera.
Encontrándose ya en el lugar, Páez
habría contratado a dos personas y procedieron a plantar postes por 300 metros , realizando
poceados por cuatro kilómetros y medio aproximadamente, desde las tierras
colindantes hasta la finca mencionada.
Esta acción, habría impedido el
normal uso y paso a sus propietarios, a quienes habría agredido con amenazas e
insultos exhibiendo para ello armas de fuego, logrado así la posesión indebida
del inmueble en cuestión.

En tanto, la defensa técnica de
Páez, ejercida por la Dra. María
José Castillo, solicitó la absolución del mismo y la nulidad de la
participación y alegatos de la querella, por no garantizar el debido proceso y
por no considerarla víctima de los supuestos hechos delictivos.
Los fundamentos del fallo,
absolutorio, serán dados conocer por el Tribunal en lo Criminal Nº 2 en el
plazo procesal establecido, a partir del cual, la sentencia podrá ser recurrida
ante instancia superior.
Departamento
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