En el veredicto,
dictado en el recinto de audiencias de la Oficina de Gestión Judicial, en horas
de la tarde del día 16 de mayo de 2023, el acusado M.A.M. fue declarado autor
penalmente responsable de los delitos de “Abuso Sexual Simple y Abuso Sexual Gravemente
Ultrajante, ambos agravados por el vínculo y por ser la víctima menor de 18
años aprovechando la situación de convivencia”.
Además, se ordenó la obtención de los perfiles
genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de
Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme
y consentida que estuviere la sentencia.
El Tribunal fue
integrado por las juezas Dras. Felicia Barrios– presidente de trámite- y
Alejandra Tolaba, y el juez Dr. Luís Ernesto Kamada.
Los hechos
De acuerdo con la
acusación formulada por la Fiscalía, en el transcurso del mes de noviembre de
2017, en un domicilio de la ciudad siderúrgica, la víctima, una niña, convivía
junto a su abuela paterna, dos primos, la tía, y el inculpado M. A. M., quien es
su padre.
El acusado,
aprovechando tal situación de convivencia con su hija, una noche, cuando
dormían en la habitación que ambos compartían, procedió a tocarle las zonas
intimas para luego accederla carnalmente.
Alegatos
Como
representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó la Dra. María
Curtem Haquím, quién solicitó para el acusado la pena de 12 años de prisión.
Mientras que la
querella, a cargo del representante del Centro de Asistencia a la Victima, Dr.
Joaquín Campos, adhirió a lo solicitado por la fiscal.
Por su parte, la
defensa técnica del condenado fue ejercida por el Dr. Dante Javier Nieva.
Los fundamentos
de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos legales establecidos en
el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes
podrían solicitar su revisión ante una instancia superior.