Haciendo
uso del procedimiento especial establecido en el Artículo 385 del Código Procesal
Penal de la Provincia por el cual el Fiscal, el acusado y su abogada defensora
arribaron a un acuerdo de Juicio Abreviado, el Tribunal Criminal Nº 1 condenó a
un hombre, J.A.L., a la pena de 6 años de prisión de ejecución efectiva, bajo
la modalidad domiciliaria, por resultar ser autor material y responsable del
delito de “Abuso Sexual con Acceso Carnal”, hecho ocurrido en un paraje rural
cercano a la ciudad de Libertador General San Martín.
Además, los
jueces hicieron lugar a una reparación económica acordada por las partes, que
deberá ser depositada en una entidad bancaria a favor de la mujer víctima del
ilícito.
También,
autorizaron la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de
su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos
contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.
El
veredicto fue emitido el 29 de agosto del presente año, por la jueza Dra.
Felicia Barrios –presidente de trámite –, y el juez Dr. Luciano Yapura,
conforme Acordada Nº 71/2008, con la asistencia de la secretaria Dra. Mariana
Córdoba Etchart.
Los hechos
De acuerdo
con la acusación de la Fiscalía, J. A. L. fue condenado por los hechos
perpetrados el 11 de enero de 2021, aproximadamente a las 03.30 horas, cuando
se encontraba consumiendo bebidas alcohólicas en su domicilio junto a sus hijos
y otras personas entre las que se encontraba la víctima, una mujer mayor de
edad que además es su sobrina.
En esas
circunstancias, el hombre subió a bordo de una camioneta a la víctima con la
excusa de comprar más bebidas alcohólicas, y cuando iba a subir una amiga de
ésta puso en marcha el vehículo y salió del lugar, localidad de Fraile Pintado,
tomando por ruta nacional 34 con dirección hacia Libertador General San Martín.
Tras esto,
su sobrina le pregunto hacia donde se dirigían y el acusado le respondió que ya
regresarían y continuo la marcha. Luego de cruzar unas vías del ferrocarril
ingresó por un camino enripiado hacia un paraje rural donde detuvo la marcha
del vehículo.
En ese
momento la mujer descendió del mismo intentando escapar corriendo, pero resbalo
y cayó de rodillas, aprovechando el inculpado para abusarla sexualmente a pesar
de la resistencia y la súplica de la víctima para que se detuviera.
Juicio
Abreviado
En el
veredicto los jueces hicieron lugar al acuerdo arribado por el Fiscal, Dr.
Marcelo Cuellar, y el acusado asistido por su defensora, Dra. Mercedes Arias,
haciendo uso del procedimiento especial de Juicio Abreviado, previsto en el
artículo 385 del Código Procesal Penal de la provincia – Ley Nº 5.623. En el
acuerdo, el acusado J.A.L., asistido por su abogada defensora, reconoció
expresamente la existencia del hecho materia del juicio y la responsabilidad
que por el mismo se le atribuyó, es decir por el delito de “Abuso Sexual con
Acceso Carnal”, y acepto que se le imponga la pena de 6 años de prisión de
ejecución efectiva, una reparación económica de daño a favor de la víctima, y
por el tiempo que le restaría cumplir la prisión efectiva sea bajo la modalidad
de Prisión Domiciliaria.