JUJUY : 615 ACTAS POR EXCESO DE VELOCIDAD EN LO QUE VA DEL AÑO

La Secretaría de Seguridad Vial observa que uno de los factores predominantes en la siniestralidad vial de nuestra provincia, es por causa del exceso de velocidad. Es por esto que cuenta con seis cinemómetros que se utilizan para medir velocidad en puestos móviles que se ubican en lugares estratégicos.
Meyer informó que en lo que va del año ya se labraron 615 actas por exceso de velocidad y pidió “ser responsables y evitar siniestros viales que los perjudiquen o pueda llegar a dañar a terceros”. Además, el ministro consideró que “es necesario para bajar la siniestralidad vial”.
Teniendo en cuenta el artículo 51 inc. B de la Ley 24449, informamos que las velocidades máximas son las siguientes:
  • RN N° 66: 110 km/h para vehículos livianos; 80 km/h para vehículos pesados
  • RN N° 34 altura Pampa Blanca: 40 km/h para vehículos livianos y pesados. (Señales transitorias de color naranja, se estableció esa velocidad atendiendo a que el tramo se encuentra en obra).
  • RN N° 9 altura SPR: 80 km/h para vehículos livianos y pesados.
  • Avda. General Savio: 60 km/h para vehículos livianos y pesados (foto multas, sin puesto de detención de vehículos)
PROCEDIMIENTO DEL CONTROL DE VELOCIDAD:
Al ser controles móviles, el cartel de información sobre el control de velocidad es transitorio y se coloca un kilómetro antes del puesto de detención durante el tiempo que dure el control, siempre posterior al cartel de velocidad máxima.
Luego del cartel de “control de velocidad” se ubica un operario con el disparador del cinemómetro, quien se encarga de enfocar y medir la velocidad de todos los vehículos que circulen por el lugar.
Posteriormente, si algún conductor fue detectado en infracción, es decir a una velocidad superior a la permitida (más el 10%, es decir que si la velocidad máxima es 80 se debe sumar el 10% de margen de error, por lo tanto las infracciones se hacen a quienes circulen a una velocidad mayor a 88 km/h). El disparador envía la información a la impresora de donde surge la imagen del vehículo con el dominio correctamente identificado y otros datos como: lugar del control, hora, tramo y velocidad de circulación.
Ésta información es tomada por el personal policial que se encuentra en el puesto de detención, quienes se encargan de identificar el vehículo, solicitar la detención de la marcha y la documentación necesaria para circular. En primer lugar, se informa al conductor sobre su infracción (velocidad) y, en el caso de que surja alguna otra infracción, se agrega a la de velocidad.
Las infracciones de velocidad en todos los puntos, se hacen por el artículo 52 de la ley 24449. Además de la infracción, la licencia del conductor será retenida.
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Periodista: huellas de jujuy

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