
Así lo resolvieron los jueces doctores José
Manuel del Campo –presidente de trámite-, María Silvia Bernal y Clara Aurora De
Langhe de Falcone, en consonancia con el dictamen del Fiscal General del Ministerio
Público de la Acusación.
Muy difícil
investigación y de suma gravedad
Los magistrados hicieron lugar al
pedido de prórroga extraordinaria conforme previsión expresa del artículo 13
del Código Procesal Penal, por cuanto resulta factible extender el plazo fijado
en dos años para dictar sentencia, hasta un año más en casos de “muy difícil
investigación y de suma gravedad”, extremos que entendieron están configurados
en la causa.
En ese
sentido, expresaron, que atento a la complejidad de la investigación de la causa
y a la innumerable cantidad de recursos procesales impetrados por la defensa
técnica de Milagro Amalia Ángela Sala, se puede concluir que el tiempo que
insumió la investigación penal preparatoria resultó razonable y atendible. No
se debe perder de vista, además, que dicha etapa se encuentra cerrada y que la
causa ya fue elevada a juicio.
Obstaculización del proceso e intimidación a testigos
Los jueces del máximo
tribunal de justicia provincial recordaron que, recientemente, al confirmar la
prisión preventiva de Sala, la
Corte Suprema de Justicia de la Nación concluyo que la
prisión preventiva fue justificada en la existencia de un entramado
organizacional a disposición de la imputada, presuntamente utilizado para
infundir temor por las consecuencias adversas de enfrentar sus intereses.
Asimismo, para la CSJN , se aplicaron
razonadamente las normas procesales locales, considerando la particular
naturaleza y modo comisivo de los hechos bajo juzgamiento. Así, se plasmó de
modo suficientemente fundado para esta etapa del proceso la valoración de los
jueces sobre la presencia de una sospecha razonable de que la acusada
obstaculizará el proceso intimidando a los testigos o induciéndolos a falsear
su declaración, a la luz de su capacidad para obrar en tal sentido.
Justificado con creces
Por último, los jueces de
la Sala Penal
de Feria, consideraron que en virtud de
las observaciones realizadas por el Ministerio Público de la Acusación respecto a las
claras dilaciones procesales provocadas por la defensa técnica de la encartada
- una gran cantidad de incidentes de recusación y de recursos de apelaciones y
alrededor de veinte incidentes de nulidades -, como así también de la
complejidad del delito investigado - con diligenciamiento de pruebas fuera de
la circunscripción judicial provincial, tales como allanamientos y secuestros
en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires -, la pluralidad de imputados, la constancia de que el trámite
nunca se detuvo, la sospecha del riesgo de alteración o destrucción de pruebas y la necesidad ineludible de protección
de las víctimas o denunciantes que aún deberán declarar en el juicio,
corresponde hacer lugar al pedido formulado por el Agente Fiscal Dr. Diego
Cussel, el que se encuentra justificado
con creces, y en consecuencia, conceder la prórroga extraordinaria de la
prisión preventiva de Milagro Amalia Ángela Sala.