Se trata de
L.P.F., padre de la víctima, y C.M.V.F., hermano biológico de la menor, que
fueron sentenciados por ser autores penalmente responsables del delito de
“Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y la convivencia
preexistente”.
Además, se
autorizó la obtención de los perfiles genéticos de los condenados a efectos de
su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos
contra la Integridad Sexual, una vez firme la sentencia.
El Tribunal fue
integrado por las juezas Alejandra Tolaba – presidente de trámite-, y Felicia
Barrios, y el juez Luciano Yapura. En tanto, la secretaría estuvo a cargo de la
Dra. Carina Silvana Planckensteiner.
Acusación
De acuerdo con la
requisitoria de la Fiscalía, ambos sujetos fueron condenados por los delitos
perpetrados contra una menor de edad, en el interior de una vivienda ubicada en
un barrio cercano al centro de la ciudad de San Salvador de Jujuy.
El primero de los
hechos tuvo lugar en el transcurso de 2011, cuando la víctima, una niña que en
ese momento tenía aproximadamente 9 años de edad, convivía junto al acusado, su
padre biológico, L. P. F., y la madre de esta.
En esas
circunstancias, el sujeto, valiéndose que su pareja no se encontraba en el
domicilio y aprovechando que la niña estaba dormida la abusó sexualmente,
situación que se repitió una vez más.
El segundo hecho
sucedió también en el transcurso de 2011, cuando el imputado C.M.V.F., hermano
biológico de la menor, procedió a accederla carnalmente.
El tercer hecho
descripto en la acusación de la Fiscalía, ocurrió el 20 de julio de 2016, en
circunstancias en que el hermano biológico de la víctima nuevamente la abusó
sexualmente, lo que se repitió dos veces por semana hasta agosto de 2019.
Procedimiento
especial
El juicio se
resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento
especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la
Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que los
acusados confesaron su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el
Tribunal, el Fiscal y los Abogados Defensores.
Al realizarse los alegatos, el representante del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Marcelo Cuellar, solicitó la pena de 12 años para el padre y 15 años de prisión para el hermano de la víctima.
Como querellante
se desempeñó el Dr. Joaquín Campos, del Centro de Asistencia a la Víctima,
quien adhirió a lo requerido por el fiscal.
La defensa
técnica de ambos acusados fue ejercida por el Dr. Luis Rubén Gutiérrez.
Los fundamentos
de la sentencia se darán a conocer en el plazo legal establecido en el Código
Procesal Penal, a partir de lo cual las partes podrían solicitar su revisión
ante una instancia superior.
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