El brutal asesinato de la joven Rosa Juárez
acontecido en Calilegua, vuelve a poner en el escenario jujeño el tema de la
violencia de género y nos vuelve a interpelar, tanto como personas y como
sociedad, sobre los caminos andados y los que aún nos faltan recorrer.
Causa dolor y pesar por la circunstancias, la edad (tenía tan
sólo 21 años) y la forma en que se encontró el cuerpo. Causa indignación cuando
pensamos en lo aberrante del hecho que tiene como principal sospechoso a alguien
con antecedentes penales.
Hombres violentos que discriminan,
menosprecian, amenazan, esclavizan, agreden física y psicológicamente, abusan,
violan y matan porque “simplemente” las víctimas somos mujeres.
Causa preocupación cuando pensamos que, en Jujuy,
hay tantos hechos de similares características al de Rosa Juárez que como
sociedad aún nos duelen. Desde aquel primer femicidio registrado de Visitación
Sibila que por lo cruel y aberrante de su muerte los jujeños la convertimos en
“Almita” Sibila; hechos más recientes como son los casos de Carolina Carretero,
Pamela Ibáñez, Rita Soruco, Adriana Zambrano, Haydee Cruz, Georgina Vera,
Leandra Apaza, Judith Cari, María Alejadra Tolaba, Romina Aramayo, entre
lamentablemente tantas otras. Todos estos femicidios y cada uno de ellos nos
enfrentan a la tragedia de vidas jóvenes truncadas por patéticos personajes.
El término “femicidio” para referir la muerte
de mujeres por el hecho de ser tales fue utilizado por primera vez en el año
1976. La circunstancia de nombrar estos crímenes con una denominación
particular y específica representa en sí mismo un avance ya que es el puntapié
inicial para visibilizar el problema y luego abordarlo analíticamente para
comprender sus causas, dimensiones y efectos.
En este sentido, es dable afirmar que
“femicidio” es un neologismo que tiene una génesis política y consiste en el
asesinato cometido por un hombre hacia una mujer motivado por desprecio, odio,
placer o sentido de propiedad sobre ella.
En realidad, el femicidio es sólo una parte de
la violación sistemática de los derechos humanos de niñas, mujeres y personas
que se autoperciben con identidad de género femenina en razón de su condición
de tales. Opera, a su vez, como forma de control y dominación hacia todas las
mujeres en tanto género. Es así la expresión extrema de la violencia de género,
naturalizada en la cultura y tolerada, hasta no hace mucho tiempo por el estado
y la sociedad.
Para combatir estos aberrantes hechos, en el
2012 dimos sanción a la ley 26.791 que modifica el artículo 80 del Código
Penal, a fin de incorporar la figura del femicidio y eliminar las injusticias
que se generaban en torno a la calidad de las personas que cometían este
delito. Las modificaciones consisten en:
1. Incorporar
la calidad de ex cónyuge, pareja o ex pareja conviviente o no en la figura del
homicidio perpetrado contra la víctima (art. 80, inciso 1);
2. Aplicar
la pena de prisión perpetua a todo aquel que mate por odio de género u odio a
la orientación sexual e identidad de género (art. 80, inciso 4);
3. Aplicar
pena de prisión perpetua a los hombres que
asesinan mediando violencia de género (art. 80, inciso 11);
4. Aplicar
pena perpetua a los que por el simple hecho de causarle sufrimiento a su pareja
o ex pareja, conviviente o no la mata (art. 80, inciso 12).
5. Por
último, prohibir la aplicación de algún tipo de atenuante al procesado que
hubiere realizado actos de violencia contra la mujer víctima (art. 80, in
fine).
En definitiva, esta iniciativa –que receptó
varios proyectos presentados por senadores provenientes de distintos bloques,
entre los que se encuentra el de mi autoría registrado bajo el expediente S
382/11– permite aplicar pena de prisión a personas que cometan la extrema
violencia de género contra las mujeres en razón de su condición de tales
(femicidio), como es el caso de Juan José López que fue detenido por el
homicidio de Rosa Del Valle Romero Juárez, ocurrido el 2 de febrero del
corriente mes.
Afirman los medios que Juan José López, el
autor material de este atroz crimen,
está preso. Será la justicia la encargada de establecer la condena, seguramente
el juez o jueza no dejará de lado la figura del femicidio y si resulta ser
culpable del delito caratulado “Homicidio agravado por violencia de género” se
le aplicará prisión perpetua; seguramente alguien dirá y escribirá “caso
cerrado” y entonces –sólo entonces– será justicia.