En tanto, a un
menor de edad lo declaró responsable penal del delito de “Abuso sexual con
acceso carnal”, y ordenó la remisión de las
actuaciones al Juzgado de Menores para que determine la pena que corresponda y la
forma de cumplimiento de la misma.
Además, en el
veredicto dictado ayer, 20 de septiembre de 2022, se ordenó la obtención del
perfil genético del condenado J.L.S., a los efectos de su incorporación al
Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra
El Tribunal fue
integrado por las juezas Dras. Cecilia Sadir – presidente de trámite-, Mónica Isabel Cruz Martínez y el juez Dr. Luís Kamada; en tanto, la
secretaría estuvo a cargo del Dr. José López García.
Los hechos
De acuerdo con el
requerimiento de
El primero ocurrió
en el año 2010, sin que se pueda precisar la fecha exacta, en una vivienda
ubicada en la ciudad de El Carmen, oportunidad en que el menor de edad imputado
aprovechando la ausencia de la madre de la víctima, una niña, procedió a
accederla carnalmente.
El segundo de los
ilícitos tuvo lugar también en el año 2010, sin poderse precisar la fecha
exacta, en la huerta familiar de una vivienda ubicada dentro de un
establecimiento rural, en circunstancias en que el acusado, J.L.S., llevo a la
niña a dicho lugar, luego le pegó y procedió a tocarle sus partes íntimas.
El último de los
hechos tuvo lugar en 2017, en inmediaciones de un camino aislado donde iban a
cargar agua potable, cerca de la ruta que va a San Antonio desde la localidad
de El Carmen, cuando J.L.S. procedió a llevar a la niña a dicho lugar y luego la
accedió carnalmente.
Asimismo, en reiteradas oportunidades cuando la menor entraba a bañarse, J.L.S. procedía a accederla carnalmente, situación que ocurría cuando la madre de la víctima salía a trabajar.
Alegatos
El Fiscal ante el
Tribunal fue el Dr. Diego Cussel, quién solicitó para el acusado J.L.S. la pena de 20 años de prisión; mientras que en
el caso del menor de edad solicitó que se pasen las actuaciones
correspondientes al Juzgado de Menores a los fines de que determine la pena a
aplicar.
Por su parte el
abogado querellante Dr. Joaquín Campos, del Centro de Asistencia a
Los abogados
defensores de los acusados fueron los doctores
Marcelo Daniel Calvo y Damián Caro, quienes solicitaron para sus defendidos la
absolución por el beneficio de la duda.
Los fundamentos
de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo legal establecido en el
Código Procesal Penal de
Departamento de Prensa y Relaciones
Públicas
Poder Judicial de Jujuy
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